Artículo décimo tercero

TRANSITORIOS

Décimo Tercero.- Dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto se abrogan todas las leyes locales que derivan de la Ley General de Mejora Regulatoria, publicada en el el 18 de mayo de 2018; en el mismo término se derogan aquellas disposiciones legales, y quedan sin efectos las disposiciones reglamentarias y administrativas locales que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

Dentro del mismo plazo, los Congresos de los Estados y el de la armonizarán su normatividad de conformidad con el presente Decreto.

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